Los préstamos hipotecarios son aquellos que están destinados a la vivienda, y han experimentando un alza debido al sistema UVA, el cual facilita el acceso a la compra de inmuebles. La intención inicial era que el importe a abonar por las cuotas del préstamo se asemejara al costo de un alquiler, bajando el nivel de ingresos necesario para poder calificar y acceder al préstamo.
El factor diferencial es la extensión notable en el plazo de pago, lo cual permite reducir el monto de la cuota. Lo que se mantiene es la necesidad del ahorro previo: el banco puede financiar hasta el 70% del valor de la vivienda a adquirir (el 50% en caso de refacción).
La búsqueda de estabilidad de la cuota a lo largo del tiempo se intenta al ajustar el crédito a la inflación, indexado, manteniendo la proporción de la cuota con respecto al nivel de ingreso. La variante incorporada que permite actualizar el costo de las cuotas es la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA), herramienta ideada por el Banco Central, la cual apunta a establecer el costo del metro cuadrado. En el inicio, 1.000 UVAs equivalen a 1 metro cuadrado. Desde ese momento, el valor de la UVA se actualiza periódicamente de acuerdo con el índice de inflación oficial (IPC), medido por el INDEC.
Lo que diferencia a este tipo de préstamos, es que si bien al tomarlo se recibe una suma en pesos destinada a la adquisición de la vivienda, la deuda se contrae y asienta en UVAs, lo mismo que las cuotas, a las que se les suma la tasa de interés aplicada por el banco. Por ello, la cuota siempre constará de una cantidad de UVA predeterminada y lo que varía es el valor en pesos que tendrá esa UVA.
Por tanto, lo que hay que tener en cuenta al momento de solicitar el préstamo es la actualización de las cuotas por Índice de Precios al Consumidor y que no pueden subir más del 10% respecto al salario promedio. La deuda se contrae en UVA, la cual es la milésima parte del costo del metro cuadrado de construcción.
Los créditos hipotecarios UVA se diferencian por tener una cuota más baja al comienzo, la cual se actualizará con las variaciones de la inflación. Esa cuota inicial no puede superar el 25% de los ingresos de quien adquiere el préstamo, según la reglamentación oficial. Basado en esto, el banco determina el monto máximo que puede tener el préstamo.