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Préstamos vía Acuerdo en Descubierto

marzo 09, 2021

A la hora de necesitar crédito, existen varios tipos de préstamos bancarios en Argentina. Según las necesidades del cliente, cada uno puede ser más o menos conveniente. Hay algunos que son para fines muy específicos (como un préstamo prendario, visto en la nota anterior). Y otros que permiten distintas aplicaciones. También se pueden diferenciar por las escalas de montos que pueden solicitarse.

Una variante muy utilizada (pero en algunos casos extrañamente poco conocida) es el préstamo vía acuerdo en descubierto. También conocido como sobregiro en cuenta corriente, es una excelente opción en algunos casos específicos en los que el cliente no tiene fondos. Si la cuenta corriente se utiliza para la adhesión de servicios pagados por débito automáticos y el cliente no cuenta con los recursos para abonarlo en el momento, el banco ofrece esta herramienta para contar con un monto extra. Así, cuando finaliza el período acordado –que en general no supera los treinta días– el cliente deberá devolver el total del monto, a lo que se le suman los intereses acordados.

Hay dos elementos salientes en este tipo de préstamos:

  • Tasa de interés: las tasas de interés por descubiertos en cuenta corriente son altas considerando a los demás tipos de préstamos existentes.
  • Monto máximo: el banco permite un monto máximo al descubierto en base a los ingresos demostrados por el cliente con recibos de sueldo o facturas emitidas, y así evita tener deudas ni historial como deudor.

Por tanto, los sobregiros en cuenta corriente bancaria corresponden a aquellos giros efectuados por el cliente sin que existan los fondos necesarios disponibles, por lo que constituye un crédito que el banco concede. Los mismos pueden deberse a una modalidad de crédito previamente establecida con el titular de la cuenta corriente –lo que se llama un sobregiro pactado– o también originarse debido a una operación especial o contingencia, sin que al cliente le asista un derecho por contrato para sobregirar la cuenta y por sola voluntad del Banco –lo que se denomina sobregiro sin pacto previo.

Como ejemplo práctico, si una persona gira un cheque y no posee fondos en su cuenta corriente pero sí se encuentra en posesión de una línea de crédito, el banco pagará el cheque debido al sobregiro pactado. En caso contrario, si el titular de la cuenta corriente no cuenta con saldo disponible ni una línea de crédito (o la tiene ocupada en su totalidad), el banco también puede decidir pagar el cheque, habilitando un sobregiro no pactado, o en todo caso, protestar el cheque.

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