El factoring es un recurso que tienen las empresas para lograr liquidez. Es una vía financiera en la cual pueden adelantar el mecanismo de cobro, mediante un contrato en el cual una empresa (o persona) cede los créditos que pueden estar derivados de su actividad comercial a un tercero, que es el encargado de gestionar su cobro.
Esta herramienta financiera no está específicamente regulada en Derecho, por lo que se basa en la libertad contractual de dos partes. Es por eso que tiene distintas variantes y modalidades, incluidas la posibilidad de financiar el importe de la factura por anticipado o la cobertura del riesgo de insolvencia del deudor.
Hay una comisión aplicada por cada operación de parte de las entidades financieras, por lo que hay que remarcar que el factoring tiene un costo financiero alto. Las comisiones son acordadas por las partes, pero puede llegar hasta el 3% del nominal del crédito cedido, además de un tipo de interés por el anticipo del crédito.
También tiene costos asociados como informes comerciales o un seguro de tipo de cambio, por mencionar alguno. Es por estas razones que las entidades financieras sólo aceptan la las Pymes en caso de que estas trabajen con grandes empresas.
Cuando se formaliza la operación de factoring, los derechos de crédito son adquiridos por la entidad financiera, la cual se denomina “factor”. Esta paga a la empresa cedente en el momento de hacerse cargo de la operación de cobro, y es también la que se encargará de cobrarle al cliente a la fecha de vencimiento del crédito comercial.
Son numerosos los servicios de factoring. Entre ellos se encuentran:
- Asumir el riesgo crediticio intrínseco de una deuda, lo que se denomina “factoring sin recurso”. En este caso, la entidad financiera asume el riesgo de la operación en caso de que el cedido (empresa que tiene que pagar al cedente) incurra en impago. Otro de los riesgos a asumir es el del tipo de cambio, en facturas que son en moneda extranjera.
- Una segunda variante es el “factoring con recurso”, en la cual el factor realiza la gestión de cobro, pero no se hace cargo del riesgo de impago. En tal caso, el cedente es quien corre con el agujero patrimonial si éste no paga la operación.
- Otros servicios del factoring son el asesoramiento comercial y financiero de los deudores, como también realizar el cobro efectivo del crédito.
Usualmente la operación de factoring contempla el anticipo parcial o total del crédito cedido a la entidad financiera. Y, con excepción de deudores de primera y calidad (aquellos con alta calificación crediticia), las entidades financieras realizan factoring con recurso, como fue explicado más arriba, el factoring no toma el riesgo de impago por parte de la entidad financiera.